Rahbaran y Asociados ofrece servicios a familias de inmigrantes que soliciten visas de prometido u otras peticiones familiares de residencia permanente.
K Visa – Visa de Prometido
La visa K-1 es una visa no inmigrante para ciudadanos extranjeros que estén comprometidos con ciudadanos Estadounidenses. La visa K-1 permite al prometido/a ingresar a Estados Unidos por un periodo de 90 días con el propósito de casarse con su peticionario-ciudadano estadounidense. Una vez que el matrimonio ocurra, el ciudadano extranjero puede aplicar para un cambio de estatus y obtener la tarjeta de residencia permanente.
El/la solicitante ciudadano/a Americano/a debe presentar una petición a USCIS, en cuanto es aprobada, el Centro Nacional de Visas enviará la petición a la Embajada o Consulado Americano donde viva el prometido/a para que él o ella aplique para el visado no inmigrante K-1. Hijos del candidato del visado K-1 puedan aplicarse para visas K-2. Los documentos requeridos por USCIS son un pasaporte valido, certificados de divorcio o muerte si hay esposo/a anterior, historia criminal, reporte de exámenes médicos, evidencia financiera y evidencia de la relación con el prometido/a.
Visados Inmigrantes de Familia Inmediata
Las visas inmigrantes de familia inmediata están diseñadas para ciudadanos extranjeros con relaciones familiares directos a ciudadanos Americanos (Immediate Relative – IR). No hay cuotas de visas para estas categorías. Los ciudadanos extranjeros pueden calificar como un IR-1 Esposo de un Ciudadano Estadounidense, IR-2 Hijo de un ciudadano Estadounidense no casado menor a 21 años de edad, IR-3 Huérfano adoptado en el Extranjero por un Ciudadano Americano, IR-4 Huérfano para ser adoptado en los Estados Unidos por un Ciudadano Americano, IR-5 Padre o Madre de un Ciudadano Americano que tiene al menos 21 años de edad.
Preferencia de Familia
Las visas de inmigración de preferencia de familia limitados están diseñadas para relaciones de familia específica con un ciudadano Americano, en algunos casos una relación especifica con un Residente Permanente Legal.
Ciudadanos extranjeros pueden calificarse como Preferencia de Familia F1 Hijos no casados de Ciudadanos Estadounidenses y sus hijos menores, F2 Esposos, hijos menores e hijos no casados de Residentes Permanentes Legales, F3 Hijos casados de Ciudadanos Estadounidenses, y su esposo/a e hijos menores, F4 Hermanos de un Ciudadano Estadounidense y su esposo/a e hijos menores dados que los ciudadanos sean menores a 21 años de edad.